Ayudas a la eficiencia energética en la industria

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Ayudas a la eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial (hasta el 30 de junio de 2023)

El objetivo de esta medida es la concesión de ayudas en materia de ahorro y eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial, incluida la implantación de sistemas de gestión energética en la Comunitat Valenciana.

Fomentar la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes respetando al medio ambiente, la eficiencia energética y el ahorro.

Fecha presentación solicitudes: Desde el 3 de agosto de 2019 hasta el 30 de junio de 2023 (sujeto a modificaciones en los plazos  más información).

 

La cuantía máxima de las ayudas será, para cada una de las actuaciones, la menor de las siguientes

 

a) El 30% de la inversión elegible del proyecto.

b) La cuantía máxima que se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

Los porcentajes aplicables sobre el coste subvencionable son los siguientes:

  • Gran empresa: 30%
  • Mediana empresa: 40%
  • Pequeña empresa: 50%

c) Un máximo de 1,5 millones de euros por proyecto.

 

Por esta razón, las actuaciones deberán conseguir una reducción de las emisiones de CO2 y del consumo de energía, mediante la mejora de la eficiencia energética.

Además, deben encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías previstas en el artículo 6 del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril.

 

Actuación 1. Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales

 

Sustitución de equipos, así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros de alta eficiencia energética, con el objetivo de reducir el consumo de energía y las emisiones de CO2.

De igual forma, las actuaciones deben cumplir la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética.

En cambio, en el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la mejor tecnología disponible (MTD) de ahorro y eficiencia energética.

Así como, el ratio económico-energético máximo será de 14.379€ (inversión elegible)/tep (ahorro energía final en un año).

La medición del ahorro energético obtenido se calculará siguiendo la metodología de cálculo en el anexo V de la directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.

 

Actuación 2. Implantación de sistemas de gestión energética

 

Implantación de sistemas de gestión energética con objetivo de reducir el consumo de energía y las emisiones de CO2 de las instalaciones.

La mejora de la eficiencia energética, por la implantación de un sistema de gestión energética.

Por esta razón, debe comprender las actuaciones necesarias tanto a nivel de medición de las variables de consumo de energía como para la instalación de los elementos de regulación y control.

Igualmente para el funcionamiento óptimo de la instalación, reducción de los consumos de energía y de costes, disminución de emisiones y para proporcionar la información de forma rápida y precisa, por lo tanto necesaria para la gestión energética de la instalación.

De igual forma, las actuaciones deben cumplir la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética.

En cambio, en el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la Mejor Tecnología Disponible (MTD) de ahorro y eficiencia energética.

Así como, el ratio económico-energético máximo será de 14.501€ (inversión elegible)/tep (ahorro energía final en un año).

Además, deberán cumplir con la norma UNE-EN ISO 50001 relativa a los sistemas de gestión energética o la que en su lugar la sustituya.

La medición del ahorro energético obtenido se calculará siguiendo la metodología de cálculo en el anexo V de la directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.

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